Al cerrar las cuentas del ejercicio, no deje de contabilizar las provisiones y deterioros a las que tenga derecho su empresa y sean deducibles en el Impuesto sobre Sociedades. Utilice para ello el check list que le facilitamos.
Si su empresa va a tener beneficios por los que deberá tributar, no olvide que las normas contables y fiscales le permiten contabilizar a 31 de diciembre algunos gastos ya devengados. Ello le permitirá reducir los beneficios y, por tanto, pagar menos Impuesto sobre Sociedades.
Aunque muchos de estos gastos se podrían acabar computando en el ejercicio siguiente, anticiparlos a 31 de diciembre le permitirá conseguir ahorros financieros. Vea un ejemplo si su empresa va a cerrar el ejercicio 2015 con un beneficio de 200.000 euros y, tras analizar la contabilidad, observa que puede computar 50.000 euros como gastos adicionales:
Concepto  | Cómputo 2015  | Cómputo 2016  | ||
2015  | 2016  | 2015  | 2016  | |
Beneficio previo  | 200.000  | 200.000  | 200.000  | 200.000  | 
Gastos adicionales  | -50.000  | -  | -  | -50.000  | 
Base imponible  | 150.000  | 200.000  | 200.000  | 150.000  | 
Impuesto (25%)  | 37.500  | 50.000  | 50.000  | 37.500  | 
Impuesto total  | 87.500  | 87.500  | ||
Ahorro financiero (1)  | 875  | -  | ||
Los gastos más comunes que podrá computar a final de año son los relacionados con las provisiones y los deterioros. Por ello, hemos preparado un check list con varias preguntas de comprobación y una pequeña explicación de cada cuestión, en relación con las provisiones y los deterioros:
Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. Artículos 13 y 14.