En los contratos de ‘leasing’, su empresa podrá amortizar sus activos hasta el doble de rápido, o hasta el triple si es una pyme. Esta herramienta le permite calcular la amortización en cada caso.
Si su empresa adquiere un activo mediante leasing, además de los intereses, también podrá deducirse como gasto fiscal la parte de las cuotas que corresponda a la devolución del principal del ‘leasing’, con el siguiente límite:
Recuerde que en la contabilidad deberá amortizar los activos según su vida útil, y que la diferencia entre el gasto contable y las cuantías indicadas en los puntos anteriores se deduce mediante un ajuste negativo en la declaración del Impuesto sobre Sociedades. En la práctica, conseguirá diferir el pago de impuestos, con un ahorro financiero muy importante.
El 1 de abril de 2014 su empresa adquiere, mediante un leasing a tres años, una máquina por 150.000 euros, que amortiza contablemente al 12% anual (porcentaje máximo de tablas). Vea los ajustes que deberá efectuar durante la vida útil del activo:
Año  | Amortización contable  | Devolución del principal  | Amortización fiscal máxima (1)  | Ajuste  | Cuota IS 25%  | 
2014  | 13.500  | 34.609  | 34.609  | -21.109  | -5.277  | 
2015  | 18.000  | 49.055  | 49.055  | -31.055  | -7.764  | 
2016  | 18.000  | 52.602  | 52.602  | -34.602  | -8.651  | 
2017  | 18.000  | 13.734  | 13.734 (2)  | 4.266  | 1.067  | 
...  | 18.000  | 0  | 0  | 18.000  | 4.500  | 
2022  | 10.500  | 0  | 0  | 10.500  | 2.625  | 
Total  | 150.000  | 150.000  | 150.000  | 0  | 0  | 
Utilice la herramienta que le facilitamos y realice sus propios cálculos. Para ello:
Automáticamente la herramienta calculará la amortización contable, así como la amortización fiscal máxima (en función de si su empresa es de reducida dimensión o no lo es).
Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. Artículo 106.