El procedimiento de declaración de nulidad de pleno derecho permite que, en determinados supuestos, se puedan revisar resoluciones emitidas por Hacienda o por los tribunales económico-administrativos una vez que éstas ya sean firmes. Utilice el modelo que le facilitamos para iniciarlo.
En general, cuando una liquidación de Hacienda o del Tribunal Económico-Administrativo no es recurrida en plazo, deviene firme y ya no es posible recurrir contra ella. No obstante, en algunos supuestos el contribuyente puede tener una segunda oportunidad para hacer valer sus derechos, mediante el procedimiento de declaración de nulidad de pleno derecho
En concreto, podrá declararse la nulidad de pleno derecho de los actos dictados en materia tributaria, así como de las resoluciones de los órganos económico-administrativos, que hayan puesto fin a la vía administrativa o que no hayan sido recurridos en plazo, en los siguientes supuestos:
Ley General Tributaria. Artículo 217.