La retribución en especie consistente en el pago de los gastos de la guardería es incompatible con la deducción por maternidad por llevar a los hijos a la guardería. Calcule qué incentivo sale más a cuenta con la herramienta que le ofrecemos.
Muchas empresas ofrecen a sus trabajadores con hijos menores de tres años sustituir parte de su remuneración por el pago de los gastos de guardería (es lo que también se denomina “cheque guardería”). Este tipo de retribución en especie no tributa en el IRPF, por lo que los empleados obtienen importantes ahorros en este impuesto.
Si usted es madre trabajadora y se encuentra en esta situación, no se precipite a la hora de aceptar dicha retribución en especie. Recuerde que también existe una deducción en el IRPF para las madres trabajadoras que incurran en gastos de guardería por hijos menores de tres años. Su cuantía es de 83,33 euros por cada mes completo en que se satisfagan dichos gastos.
Tenga en cuenta que la deducción en el IRPF es incompatible con la retribución en especie indicada en el primer párrafo. Por tanto, antes de aceptar el cheque guardería, haga números para ver cuál de los dos incentivos le resulta más interesante. Para hacer sus cálculos, utilice la herramienta que le facilitamos.
Ley del IRPF. Artículos 42.3.b y 81.