Documento actualizado/añadido en: 03.03.2026
Si presenta una declaración fuera de plazo sin haber recibido un requerimiento previo de Hacienda deberá ingresar un recargo. Calcule su cuantía con la herramienta que le facilitamos.
Si su empresa presenta una declaración fuera de plazo sin haber recibido previamente un requerimiento de Hacienda, deberá ingresar un recargo por presentación fuera de plazo. Dicho recargo varía en función del retraso que se haya producido en el ingreso. En concreto:
Con la hoja de cálculo que le ofrecemos podrá saber de un modo rápido y sencillo la cuantía del recargo que deberá satisfacer, así como la cuantía de los intereses de demora que se hayan devengado (si procede). Para utilizarla, consigne la siguiente información:
Automáticamente la herramienta le mostrará el recargo que deberá abonar, así como los intereses devengados (siempre que el retraso en el pago supere los doce meses).
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Artículo 27.