Los trabajadores pueden solicitar a sus empresas la aplicación de un tipo de retención superior en sus nóminas. Para ello, deben efectuar la solicitud por escrito con el modelo que le facilitamos.
Para que las empresas calculen correctamente el tipo de retención aplicable en las nóminas de sus trabajadores, éstos deben comunicar su situación personal y familiar. Para ello deben utilizar el modelo 145. Por ejemplo, en dicho modelo pueden reflejar la siguiente información:
A estos efectos, cuando una empresa recibe un modelo 145 rellenado, no está obligada a verificar si los datos consignados por su trabajador son correctos. En este caso es el empleado el que responde frente a Hacienda:
Pues bien, si una vez determinado su tipo de retención un trabajador quiere que se le aplique un IRPF superior en su nómina (por ejemplo porque dice que su declaración de la renta de cada año le sale a pagar), tenga en cuenta lo siguiente:
En todo caso, lo que no es correcto es que un empleado se queje de sus retenciones y pida a la empresa que le aplique un IRPF inferior. Si una empresa accede a dicha solicitud y aplica un IRPF inferior en la nómina del trabajador, Hacienda le reclamará las retenciones no practicadas y la sancionará.
Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero. Artículo 88.5.