Cuando se recibe un anticipo a cuenta de una operación futura, se debe emitir una factura desglosando principal e IVA, e ingresando este impuesto en la autoliquidación correspondiente a la fecha de cobro. Cumpla con dicha obligación con los modelos que le ofrecemos.
Cuando su empresa recibe un anticipo a cuenta de una operación futura, algunas empresas actúan del siguiente modo:
No obstante, esta forma de actuar no es correcta.
En estos casos, se debe emitir una factura desglosando principal e IVA, e ingresando este impuesto en la autoliquidación correspondiente a la fecha de cobro. De este modo, si recibe un anticipo de 10.000 euros, 8.264 (10.000 / 1,21) corresponden al principal, mientras que los restantes 1.736 euros corresponden al IVA.
Más adelante, cuando se realiza la venta o presta el servicio, se debe emitir una factura por el importe y el IVA restantes.
Si Hacienda detecta que una empresa actúa de forma incorrecta, podrá imponer sanciones por ingresar el IVA del anticipo fuera de plazo (de nada servirá haberlo ingresado todo en la autoliquidación correspondiente a la fecha de la operación, ya que la sanción será igualmente aplicable) y por la incorrección en la declaración de operaciones con terceros (modelo 347).
Por tanto, evite estas consecuencias repercutiendo el IVA de los anticipos e ingresándolo en el momento de su cobro. Para ello, le ofrecemos dos modelos de facturas: uno para documentar el anticipo y otro modelo para facturar cuando se realice la operación.
Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. Artículo 75.dos.