Las empresas que prestan servicios a clientes extranjeros suelen tener dudas sobre si deben o no repercutir IVA español. El localizador de servicios de Hacienda les indicará ésta y otra información importante.
Las empresas que prestan servicios a clientes extranjeros suelen tener dudas sobre si deben repercutir IVA español o si no deben hacerlo (porque es el destinatario quien debe liquidar el impuesto en el país de destino). Pues bien, en la página web de Hacienda, a través del denominado “Localizador de servicios”, las empresas pueden saber dónde se localiza un servicio y, por tanto, si está sujeto al IVA, quién debe declarar el impuesto y si éste debe o no repercutirse en factura.
Si una empresa se dedica al transporte de mercancías y es contratada por otra empresa con sede en Francia para trasladar una mercancía desde España hasta Francia, deberá indicar en el localizador “Transporte y servicios accesorios” / “Transporte de bienes” / “La Península o Islas Baleares” / “Empresario o profesional” / “Estado miembro de la Unión Europea distinto de España”. Con estos datos, el localizador indicará que la factura no lleva IVA (deberá hacerse constar en ella “inversión del sujeto pasivo”, ya que es el cliente quien debe declarar el IVA devengado en su estado).