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Tema: IVA

Opciones de final de año: Régimen de Devolución Mensual del IVA
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Opciones de final de año: Régimen de Devolución Mensual del IVA

Ahorros financieros por la aplicación del régimen de devolución mensual de IVA

Si una empresa se inscribe en el Régimen de Devolución Mensual del IVA, podrá solicitar la devolución de las declaraciones de IVA a su favor cada mes. Pues bien, con la herramienta que le facilitamos podrá calcular los ahorros financieros que puede obtener gracias a este régimen y saber si le conviene optar por él.

Devolución mensual de IVA

Las empresas que lo deseen pueden optar por solicitar la devolución del saldo de IVA a su favor existente al término de cada período de liquidación. A estos efectos, el período de liquidación será cada mes natural, con independencia de su volumen de operaciones.

En general, para poder inscribirse en el Registro de Devolución Mensual (REDEME), las empresas deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Deben solicitar la inscripción mediante la presentación de un modelo 036 de declaración censal.
  • Deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias.
  • No deben realizar actividades que tributen en el régimen simplificado.

Plazos de inscripción

Las empresas que quieran inscribirse en el REDEME deben presentar la solicitud en el mes de noviembre del año anterior a aquél en que deba surtir efectos.

No obstante, las empresas que no hayan solicitado la inscripción en el plazo indicado en el párrafo anterior también pueden solicitar la inscripción durante el plazo de presentación de las declaraciones-liquidaciones periódicas. En este caso, la inscripción en el registro surtirá efectos desde el día siguiente a aquél en el que finalice el período de liquidación de dichas declaraciones-liquidaciones.

Ahorros financieros

La inscripción en el REDEME puede ser beneficiosa para empresas que vayan a realizar inversiones que le van a suponer un IVA soportado muy alto, superior al IVA repercutido de varios meses. De ese modo, pueden obtener la devolución mensual del IVA a su favor sin tener que esperar a la última declaración del año.

En este sentido, la herramienta que le ofrecemos le servirá para calcular los ahorros financieros que se pueden obtener gracias a la aplicación de este régimen. En concreto, si se indica el tipo de interés que la empresa paga por su endeudamiento, así como la diferencia mensual entre el IVA repercutido y el IVA soportado de cada mes, la herramienta indica si conviene optar por el REDEME (en cuyo caso, especifica el ahorro financiero obtenido) o si dicho régimen no es beneficioso.

Normativa aplicable

  • Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. Artículo 116.
  • Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido. Artículo 30.

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