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Tema: Condiciones de trabajo

Modelo de cláusula sobre el disfrute de la pausa para el bocadillo
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Modelo de cláusula sobre el disfrute de la pausa para el bocadillo

Cláusula para evitar que la pausa para el bocadillo se convierta en derecho adquirido

La pausa para el bocadillo sólo se considera como tiempo de trabajo efectivo si así lo prevé el convenio o si se ha pactado. Le ofrecemos un modelo para establecer dicho pacto, y para evitar que ese tiempo retribuido se considere como una condición más beneficiosa.

A tener en cuenta

A la hora de establecer una cláusula en los contratos (o en un anexo) para evitar que la pausa para el bocadillo se pueda acabar convirtiendo en un derecho adquirido para los empleados, tenga en cuenta lo siguiente:

  • Consulte su convenio colectivo. Si éste no dispone nada y su empresa decide voluntariamente conceder ese tiempo como retribuido, es aconsejable que quede constancia por escrito de una cláusula en la que deje claro que se trata de una mejora voluntaria que no tiene por qué mantenerse a lo largo del tiempo.
  • Deje constancia expresamente de que su empresa se reserva su derecho a poder suprimir la consideración como tiempo retribuido de la pausa en cualquier momento, o a modificar su política (por ejemplo, podría pasar de considerar como retribuido todo el tiempo a sólo la mitad, es decir, 7,5 minutos como retribuidos y otros 7,5 como no retribuidos).
  • Sea cual sea su política sobre la pausa, debe aplicar la misma a todos los empleados, no pudiendo por ejemplo considerarla como tiempo efectivo de trabajo a los empleados que ya estén en su plantilla y considerarla como no retribuida en el caso de empleados de nueva incorporación.
  • La pausa sólo se concede cuando la jornada diaria continua sea superior a seis horas (cuatro horas y media en el caso de trabajadores menores de 18 años). Esto significa que los trabajadores a tiempo parcial o con reducción de jornada por guarda legal que trabajen menos de seis horas no tienen derecho a la pausa (a salvo de lo que disponga el convenio).

Derecho adquirido

La normativa no indica cuando una condición de trabajo se consolida como derecho adquirido o condición más beneficiosa. Para entender que se ha creado un derecho adquirido:

  • Debe probarse que existe una voluntad clara y terminante de la empresa de conceder una mejora más allá de lo establecido en el convenio o en el contrato firmado con los empleados.
  • Esa mejora se debe haber venido disfrutando de forma reiterada a lo largo del tiempo.

Para no tener problemas, utilice la cláusula que le facilitamos y evitará que se pueda llegar a plantear la discusión de si se ha creado o no un derecho adquirido.

Normativa aplicable

Estatuto de los Trabajadores. Artículo 34.4.

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