Para efectuar un cambio a un puesto de trabajo de grupo superior, la empresa debe acreditar razones técnicas u organizativas. Es por ello que la ubicación en el nuevo puesto está sujeta a requisitos especiales.
Si su empresa le cambia las funciones a un trabajador y el nuevo puesto de trabajo está encuadrado en un grupo profesional diferente, deberá acreditar que existen razones técnicas u organizativas que justifiquen dicho cambio de funciones. En este sentido, ese cambio sólo podrá mantenerse durante el tiempo imprescindible para atender esas nuevas tareas encomendadas.
En estos casos, su empresa debe comunicar su decisión y las razones de ésta tanto al afectado como a los representantes de los trabajadores.
Como le hemos indicado, su empleado sólo podrá prestar sus servicios en ese otro grupo profesional durante el tiempo imprescindible para atender a las tareas encomendadas y para superar las razones técnicas u organizativas alegadas. Por tanto, tenga en cuenta lo siguiente:
Si las nuevas funciones son superiores, el trabajador tiene derecho a cobrar el sueldo correspondiente a ese nuevo trabajo durante todo el tiempo que duren las nuevas funciones.
En cambio, en caso de encomendarle tareas de funciones inferiores, se le debe respetar la retribución de origen.
Si su empresa necesita cambiar de grupo profesional a un empleado, y el único que puede cubrir la vacante es un delegado de personal, no se apure. En los casos de movilidad funcional los representantes de los trabajadores no tienen ninguna garantía. Es decir:
Estatuto de los Trabajadores. Artículo 39.