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Tema: Obligaciones del empresario - Poder disciplinario

TA300
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TA300

Comunicación de desplazamientos a la Seguridad Social

Si una empresa desplaza a un trabajador al extranjero, debe comunicar dicho desplazamiento a la Seguridad Social. Pues bien, le ofrecemos los modelos necesarios para efectuar esta gestión.

A la Unión Europea

Si el desplazamiento se produce a un país de la Unión Europea, a Suiza o a países del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega), la empresa debe comunicar el desplazamiento a la Seguridad Social con el modelo TA-300.

Eso sí, se debe revisar si el país de destino exige presentar documentación adicional a la Seguridad Social (aparte del modelo TA-300 indicado).

Una vez se hayan presentado los modelos correspondientes, la Seguridad Social emite el formulario A1, documento que el trabajador se deberá llevar al país de destino (dicho documento sirve para acreditar que cotiza en el país de origen).

Fuera de la Unión Europea y con convenio

Si la empresa desplaza al trabajador a un país no europeo pero que tiene convenio bilateral con España (como Chile o Estados Unidos), la empresa también debe presentar el modelo TA-300, así como un modelo específico para cada país.

El modelo de cada país se puede descargar en la página web de la Seguridad Social, en el menú “Internacional” / “Formularios de trabajadores desplazados” / “A países con convenio bilateral”.

Fuera de la Unión Europea y sin convenio

Si el desplazamiento se produce a un país con el que España no tiene convenio bilateral de Seguridad Social (como ocurre con Vietnam), la empresa debe comunicar el desplazamiento a la Seguridad Social con el modelo DP-90. Dicho modelo no está disponible en la página web de la Seguridad Social.

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