La mediación de la Inspección de Trabajo es una buena alternativa para evitar judicializar un conflicto. Solicítela con el modelo que le ofrecemos.
Entre las funciones de la Inspección de Trabajo se encuentra la de conciliación, mediación y arbitraje. La mediación podrá darse siempre que la misma sea aceptada por las partes, a diferencia del arbitraje, que solamente es posible cuando las partes expresamente lo soliciten, así como en los supuestos legalmente establecidos.
En ocasiones es el propio funcionario actuante el que propone mediar en un conflicto, y Usted podrá decidir si acepta tal mediación, según le convenga o no. También puede solicitar Usted la mediación, proponiéndolo al trabajador o su representante y retirarse del proceso en cualquier momento.
La mediación de la Inspección puede ser un medio útil para desatascar una situación de conflicto, evitar llegar a juicio y alcanzar un acuerdo con los trabajadores o con sus representantes. La mediación de la inspección es un procedimiento ágil, flexible y de consenso que permite a empresa y trabajador ahorrar tiempo, esfuerzo y costes económicos.
Durante el ejercicio de estas funciones, el inspector solamente tendrá por objetivo mediar (siendo imparcial y neutral en todo el proceso), y no ejercerá su función fiscalizadora. La Inspección guarda secreto profesional de la información obtenida en la mediación y no ejercerá las funciones de vigilancia y control.