Las empresas deben comunicar a final de mes a los representantes de los trabajadores el número de horas extras realizadas (si se han efectuado). Cumpla con dicha obligación con el modelo que le ofrecemos.
Hasta hace unos meses, la Inspección obligaba a las empresas a registrar la jornada de sus empleados, con independencia de si trabajan a tiempo completo o parcial.
Sin embargo, una sentencia del Tribunal Supremo modificó este criterio y declaró que no existe obligación de registrar la jornada de los trabajadores que estén contratados a tiempo completo.
Así pues, a día de hoy las empresas sí que deben seguir registrando la jornada de trabajo de los empleados contratados a tiempo parcial. Respecto a los contratados a tiempo completo, sólo se debe llevar el registro de las horas extras que realicen.
Otra obligación que tiene la empresa es la de informar mensualmente a los representantes de los trabajadores de las horas extras realizadas, cualquiera que sea su forma de compensación. A estos efectos, las empresas están obligadas a entregar a los representantes de los trabajadores una copia del registro de las horas extras efectuado.
Para cumplir con esta obligación utilice el modelo que le ofrecemos.