Si el convenio colectivo permite que las pagas extraordinarias se prorrateen en los doce meses del año, la empresa podrá imponer dicho prorrateo. Para ello, le facilitamos dos modelos que podrá utilizar.
Según el Estatuto de los Trabajadores, puede acordarse en el convenio colectivo que las pagas extras se prorrateen en doce mensualidades. Por tanto, si el convenio permite dicho prorrateo, la empresa podrá imponerlo. A estos efectos, ese cambio en la forma de pago de las gratificaciones extraordinarias no supone una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. En concreto:
Dos modelos
Para imponer el prorrateo de las pagas extras le facilitamos dos modelos:
Normativa aplicable
Estatuto de los Trabajadores. Artículo 31.