Si hay discrepancias entre la empresa y los representantes de los trabajadores respecto al contenido de la formación bonificada, se debe acudir a la comisión paritaria. Utilice el modelo que le ofrecemos para realizar esta gestión.
Su empresa dispone de un crédito para gastar en formación. Dicho crédito se calcula, en función del tamaño de la empresa, aplicando un porcentaje sobre las cotizaciones efectuadas por formación profesional durante el año anterior.
Antes de bonificarse los cursos, su empresa debe someter las acciones formativas a información de la representación legal de los trabajadores. Al menos, debe facilitarles la siguiente información:
A partir de ahí, los representantes legales de los trabajadores deberán emitir un informe sobre las acciones formativas a desarrollar por la empresa en el plazo de 15 días desde la recepción de la documentación indicada. Transcurrido dicho plazo sin que se haya remitido el citado informe se entenderá cumplido este trámite.
Si surgen discrepancias entre la empresa y los representantes de los trabajadores respecto al contenido de la formación, estás se deberán resolver en un plazo de 15 días a computar desde la recepción por la empresa del informe de los representantes.
Si se mantuviera el desacuerdo entre ambas partes, se deberá dejar constancia de dicho desacuerdo en el modelo que le facilitamos.
Posteriormente, en un plazo de 10 días la empresa deberá remitir dicho modelo junto con una copia de la documentación entregada a los representantes de los trabajadores, a la Comisión Paritaria Sectorial estatal o de otro ámbito que resulte competente.