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Tema: Recursos Humanos

Solicitud de mediación de una comisión
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Solicitud de mediación de una comisión

Solicitud de mediación de la comisión paritaria para resolver las discrepancias con los representantes de los trabajadores sobre los cursos bonificables

Si hay discrepancias entre la empresa y los representantes de los trabajadores respecto al contenido de la formación bonificada, se debe acudir a la comisión paritaria. Utilice el modelo que le ofrecemos para realizar esta gestión.

Formación bonificada

Su empresa dispone de un crédito para gastar en formación. Dicho crédito se calcula, en función del tamaño de la empresa, aplicando un porcentaje sobre las cotizaciones efectuadas por formación profesional durante el año anterior.

Antes de bonificarse los cursos, su empresa debe someter las acciones formativas a información de la representación legal de los trabajadores. Al menos, debe facilitarles la siguiente información:

  • Denominación, objetivos y descripción de las acciones a desarrollar.
  • Colectivos destinatarios y número de participantes por acciones.
  • Calendario previsto de ejecución.
  • Medios pedagógicos.
  • Criterios de selección de los participantes.
  • Lugar previsto de impartición de las acciones formativas.
  • Balance de las acciones formativas desarrolladas en el ejercicio precedente.

A partir de ahí, los representantes legales de los trabajadores deberán emitir un informe sobre las acciones formativas a desarrollar por la empresa en el plazo de 15 días desde la recepción de la documentación indicada. Transcurrido dicho plazo sin que se haya remitido el citado informe se entenderá cumplido este trámite.

Discrepancias

Si surgen discrepancias entre la empresa y los representantes de los trabajadores respecto al contenido de la formación, estás se deberán resolver en un plazo de 15 días a computar desde la recepción por la empresa del informe de los representantes.

Si se mantuviera el desacuerdo entre ambas partes, se deberá dejar constancia de dicho desacuerdo en el modelo que le facilitamos.

Posteriormente, en un plazo de 10 días la empresa deberá remitir dicho modelo junto con una copia de la documentación entregada a los representantes de los trabajadores, a la Comisión Paritaria Sectorial estatal o de otro ámbito que resulte competente.


Normativa aplicable

  • Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo. Artículos 15 y 35.
  • Orden TAS/2307/2007, de 27 de julio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo en materia de formación de demanda y su financiación, y se crea el correspondiente sistema telemático, así como los ficheros de datos personales de titularidad del Servicio Público de Empleo Estatal. Artículo 16.

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