Las empresas con 50 o más trabajadores deben contratar a un 2% de trabajadores con discapacidad y efectuar varias comunicaciones a la Administración. Le facilitamos los modelos necesarios para efectuar dichas gestiones.
Las empresas con 50 o más trabajadores deben comunicar a la Oficina de Empleo, dentro del primer trimestre del año, los puestos de trabajo que hayan cubierto con personas con discapacidad, así como aquellos puestos que, por sus características, queden reservados a dicho colectivo. Para efectuar dicha gestión utilice el modelo que le ofrecemos y haga lo siguiente:
Por otro lado, las empresas que contraten trabajadores con discapacidad tienen derecho a aplicar bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social y a pedir subvenciones por efectuar este tipo de contratación.
Pues bien, los beneficiarios de las ayudas deben remitir anualmente a las oficinas de empleo, durante tres años, una relación de los trabajadores por los que se ha concedido la ayuda, confirmando su permanencia en la empresa. Si se extingue el contrato de alguno de ellos antes de los tres años, la empresa debe comunicar los trabajadores que le han sustituido.
Le ofrecemos un modelo para que cumpla con esta obligación. Sólo deberá informar acerca de la subvención concedida, el nombre del trabajador discapacitado y la fecha de su contratación.