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Tema: Contratos - Arrendamientos

Check list con cuestiones a verificar por el arrendatario
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Check list con cuestiones a verificar por el arrendatario

Arrendamiento de local: aspectos a verificar

Cuando se alquila un nuevo local algunas empresas sólo prestan atención al importe de la renta. Pero es aconsejable verificar otros pactos que pueden comportar gastos inesperados.

Arrendamiento de local

En los arrendamientos para uso distinto del de vivienda, las partes tienen libertad para pactar las condiciones. Y por esa razón, es aconsejable que cuando una empresa vaya a arrendar un local preste atención a algunos pactos que pueden comportarle gastos adicionales a la renta. Por ejemplo:

  • Reparaciones. En materia de reparaciones la ley distingue entre las obras y reparaciones necesarias para conservar el local (que en principio van a cargo del arrendador), y las pequeñas reparaciones por desgaste ordinario (que van a cargo del arrendatario). No obstante, es frecuente que en los arrendamientos para uso distinto de vivienda se pacte que ambas categorías de reparaciones van a cargo del arrendatario.
  • Gastos. Asimismo, si el arrendatario asume el pago de los gastos de comunidad de propietarios de la finca en la que se encuentre el local, es aconsejable que en el contrato se especifique que únicamente asume las cuotas ordinarias (no las extraordinarias o derramas).
  • Desistimiento. Otra cuestión que en la práctica genera conflictos es la posibilidad del arrendatario de desistir del contrato y dejar el local antes del plazo de duración del contrato pactado. En previsión de esta situación, es aconsejable asegurarse de que en el contrato se permite al arrendatario desistir del arrendamiento de forma anticipada sin tener que pagar ninguna cantidad.
  • Renuncias. De la misma manera, el arrendatario debe prestar atención a las posibles renuncias a derechos que le concede la ley. Por ejemplo, la ley reconoce al arrendatario el derecho a reclamar una indemnización a la finalización del contrato si en el local se realiza una actividad comercial de venta al público, y siempre que se cumpla una serie de requisitos. No obstante, también es frecuente que en el contrato se incluya la renuncia del arrendatario a ese derecho.

Normativa aplicable

Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos

 

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