Cuando se venden las participaciones o acciones de una sociedad es aconsejable prever la posibilidad de aumentar el precio de venta, si en el fututo se producen determinadas circunstancias.
Si la sociedad cuyas participaciones o acciones se transmiten tiene “bases imponibles negativas”, es aconsejable también prever la posibilidad de que en el futuro la sociedad pueda compensar dichas bases, consiguiendo así un ahorro fiscal. En este sentido: