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Tema: Sociedades - Juntas

Declaración de identificación del titular real
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Declaración de identificación del titular real

Cuentas anuales: titular real

A partir de ahora, en las cuentas anuales debe incluirse un nuevo formulario en el que se identifique al “titular real” de la sociedad.

Cuentas anuales

Los administradores de la sociedad deben formular las cuentas anuales, el informe de gestión y la propuesta de aplicación del resultado en el plazo máximo de tres meses a partir del cierre del ejercicio social.

Asimismo, la Junta General ordinaria debe reunirse dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio para aprobar la gestión social y las cuentas del ejercicio anterior, y resolver sobre la aplicación del resultado. Dentro del mes siguiente a la aprobación de las cuentas anuales, los administradores deben presentarlas para su depósito en el Registro Mercantil, junto con una certificación de los acuerdos de la junta de aprobación de las cuentas.

Titular real

En este sentido, la Orden JUS/319/2018, de 21 de marzo, por la que se aprueban los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales ha introducido un nuevo formulario que las sociedades deberán cumplimentar identificando al titular real de la sociedad.

En general, el titular real es aquella persona o personas físicas que son propietarios de más de un 25% del capital social de la empresa o de los derechos de voto de ésta.

Normativa aplicable

  • Orden JUS/319/2018, de 21 de marzo, por la que se aprueban los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación.
  • Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (artículo 4).

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