Si su empresa ofrece garantía de reparación en sus ventas o en sus prestaciones de servicios, al cerrar las cuentas del ejercicio puede dotar una provisión por garantías y deducirse el gasto.
Si su empresa presta garantía de reparación y revisión en sus ventas de bienes o en sus servicios, al cerrar las cuentas del ejercicio puede contabilizar como gasto no sólo el importe en el que efectivamente haya incurrido por ese motivo sino también una provisión para cubrir el riesgo de incurrir en dichos gastos en el futuro. Apunte. El importe de la provisión deducible se calcula multiplicando el saldo de las ventas con garantía viva a final de ejercicio por el porcentaje resultante del siguiente cociente:
Gastos por garantía del ejercicio actual y los dos anteriores  | 
Ventas con garantía del ejercicio actual y los dos anteriores  | 
Para realizar dicho cálculo podrá considerar como gasto por garantías los siguientes conceptos: