Documento actualizado/añadido en: 06.11.2025
Al calcular la plusvalía municipal que grava la transmisión de un terreno, los contribuyentes pueden elegir entre dos métodos de cálculo diferentes: aplicando unos coeficientes sobre el valor catastral o bien a partir de la diferencia entre el valor de transmisión y el de adquisición.
La transmisión de terrenos urbanos puede suponer la obligación de tributar por el impuesto municipal de la plusvalía municipal.
En concreto, esto ocurrirá si a consecuencia de la transmisión se pone de manifiesto un aumento de valor del terreno desde su fecha de adquisición. Si no hay incremento de valor, no es preciso tributar nada. A estos efectos:
Cuando exista incremento de valor según las reglas indicadas, los contribuyentes podrán determinar la base imponible del impuesto de dos formas distintas, pudiendo elegir la que más les convenga: aplicando unos coeficientes o teniendo en cuenta la ganancia real.
Le facilitamos una herramienta para calcular el impuesto a satisfacer según cada uno de estos métodos, de forma que usted pueda elegir el que le suponga un menor coste fiscal. Dicho documento incorpora los coeficientes máximos aplicables a partir de 1 de enero de 2024.
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Artículos 104 a 110.