Las empresas que aumentan su plantilla media de trabajadores con discapacidad y que son de reducida dimensión pueden aplicar en su Impuesto sobre Sociedades una deducción en cuota prevista en estos casos y el incentivo de la libertad de amortización. Por ello, le ofrecemos una herramienta que le indica qué opción es la que más le conviene aplicar....
Si una empresa aumenta su plantilla media de trabajadores con discapacidad, podrá aplicar en su Impuesto sobre Sociedades una deducción de 9.000 euros por cada persona / promedio de aumento (si la discapacidad física o psíquica es igual o superior al 33% e inferior al 65%) o de 12.000 euros (si el aumento corresponde a empleados con una discapacidad igual o superior al 65%).
Asimismo, las empresas de reducida dimensión que aumentan su plantilla media de trabajadores y al mismo tiempo adquieren algún activo nuevo tienen derecho a aplicar el incentivo de la libertad de amortización por creación de empleo.
Pues bien, tenga en cuenta que dicho incentivo es incompatible con la deducción por aumento de plantilla de trabajadores discapacitados. Si se aplica dicha deducción, estos trabajadores no pueden computarse a efectos de la libertad de amortización.
Así pues, si se encuentra en esta situación, verifique cuál de los dos incentivos sale más a cuenta: la deducción directa en cuota (incentivo por aumento de discapacitados) o el ahorro financiero derivado de la libertad de amortización. En general:
Utilice la plantilla que le ofrecemos para calcular cuál es el incentivo que le interesa más aplicar.
LIS. Artículos. 38 y 102.