Si Hacienda tarda más de seis meses en tramitar la devolución del IRPF, deberá satisfacer al afectado intereses de demora por el período que transcurra desde el fin de dicho plazo. Si pasado el plazo no se recibe la devolución, solicítela con el modelo que le ofrecemos.
Si un contribuyente presentó la declaración del IRPF con resultado a devolver y todavía no ha cobrado, sepa que Hacienda tiene seis meses para ordenar dicha devolución. A estos efectos:
Si Hacienda no emite la orden de pago en dicho plazo, el afectado tendrá derecho a cobrar intereses de demora sin necesidad de reclamarlos expresamente. Dichos intereses se calculan por el período que medie entre la fecha de vencimiento del plazo de seis meses y la fecha en la que se ordene el pago de la devolución.
Pese a que la devolución indicada debe producirse de forma automática, el contribuyente puede intentar acelerar la devolución.
Para ello, puede presentar un escrito en Hacienda solicitando dicha devolución con los intereses correspondientes, con el modelo que le ofrecemos.