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Documento actualizado/añadido en: 21.01.2025

Tema: IRPF

Pago de cursos de formación (retribución en especie)
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Pago de cursos de formación (retribución en especie)

Hoja de cálculo: formación como salario en especie

Si una empresa aumenta el salario del trabajador pagándole un curso de formación, el neto en el bolsillo del empleado será mayor que si el aumento se realiza en metálico. Compruébelo con la herramienta que le facilitamos

Curso relacionado con el trabajo

Si un trabajador está interesado en realizar algún curso relacionado con su trabajo actual o futuro en la empresa, y es ésta la que satisface el coste de dicho curso, el importe satisfecho no se considerará retribución para el empleado. Ello aporta ventajas tanto para la empresa como para el trabajador.

Ventajas para la empresa

Si la empresa paga un curso a un trabajador, podrá bonificarse el coste a través de las cotizaciones a la Seguridad Social (recuerde que las empresas disponen de un crédito para gastar en formación). Asimismo:

  • Se ahorrará la cotización a la Seguridad Social por el importe del curso.
  • No tendrá que practicar retención ni ingreso a cuenta sobre estas cantidades.
  • Este gasto será deducible en su Impuesto sobre Sociedades.

Por tanto, si la empresa está negociando un aumento salarial con un trabajador, una alternativa puede ser pagar una formación que el afectado esté interesado en cursar. Aparte de las ventajas indicadas para la empresa, vea qué beneficios obtiene el trabajador.

Ventajas para el trabajador

Dado que los importes abonados por la empresa no se consideran retribución en especie para el empleado, éste se ahorrará un buen importe en su declaración del IRPF. Eso sí: esta ventaja sólo será palpable para el empleado en la medida en que él hubiese estado interesado en pagarse el curso de su bolsillo. Si las acciones formativas son impuestas o sugeridas por la empresa, el trabajador no percibirá estos cursos como una retribución más a su favor.

Normativa aplicable

  • Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio. Artículo 42.2.a.
  • Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero. Artículo 44.

 

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