Si una persona está pensando en adquirir un inmueble por compra o donación, puede solicitar que Hacienda lo valore previamente. Así evitará sorpresas en caso de que le comprueben el valor declarado más adelante...
Si una persona adquiere un inmueble y ha de tributar por ITP (en caso de compra) o por ISD (en caso de donación), el importe a pagar por dichos impuestos vendrá determinado por el valor real del inmueble.
Así pues, aunque calcule los impuestos según el importe escriturado; puede que después Hacienda considere que el valor real es superior y le haga tributar por la diferencia.
Pues bien, si se quieren evitar sorpresas en el futuro, se puede solicitar que Hacienda valore el inmueble antes de satisfacer el impuesto correspondiente. Dicha valoración tendrá efectos vinculantes para Hacienda durante un plazo de tres meses desde la fecha en que notifiquen al contribuyente el valor, por lo que, si éste presenta sus impuestos en función de dicho valor, no correrá el riesgo de que en el futuro le puedan discutir el importe declarado.
No obstante, se deben tener en cuenta los siguientes aspectos:
En todo caso, si desea solicitar una valoración previa a Hacienda, podrá hacerlo con el modelo que le facilitamos.