Cuadre de bases del IVA
Cuando confeccione sus declaraciones de IVA trimestrales o mensuales, cuadre las bases imponibles declaradas con los ingresos y gastos que haya registrado en la contabilidad durante el mismo período...
Cuadre de bases
Si su empresa es objeto de una inspección de IVA, el inspector le solicitará que cuadre las bases del IVA declaradas en cada liquidación con los ingresos y gastos que se hayan contabilizado durante ese mismo período. De esta forma, Hacienda trata de detectar:
- Ingresos sobre los que su empresa debería haber repercutido IVA y no lo ha hecho.
- Gastos sobre los que su empresa se ha deducido más IVA del que le correspondía.
Este cuadre es necesario porque, en general, las bases del IVA nunca coinciden con los ingresos y gastos contabilizados. Por un lado, porque muchos ingresos y gastos no llevan IVA (exportaciones, gastos bancarios, etc.); por otro lado, porque existen operaciones con IVA que no se contabilizan como ingreso o gasto (anticipos recibidos o compras de activos, por ejemplo). Por tanto, el cuadre de bases consiste en identificar las partidas que provocan las diferencias, con el fin de acreditar ante la Inspección que los números declarados son coherentes y que la empresa declara correctamente sus operaciones.
identifique las diferencias
Vea las diferencias más habituales respecto a los ingresos:
- Intereses. Si su empresa ha efectuado un préstamo y ha obtenido intereses, habrá contabilizado un ingreso que no deberá declarar en las liquidaciones periódicas de IVA.
- Ventas de activos. Si ha vendido algún activo, habrá contabilizado un ingreso (o un gasto) igual al beneficio o pérdida obtenidos en la venta. Sin embargo, en la liquidación de IVA habrá declarado como base del IVA repercutido el precio de venta, que será más elevado.
- Anticipos. Si ha recibido un cobro anticipado por una venta todavía no realizada, deberá incluirlo en su declaración de IVA. No obstante, deberá esperar a contabilizar el ingreso hasta el momento en el que se produzca la entrega.
Respecto a los gastos, vea también algunas de las diferencias que se dan con mayor frecuencia:
- Facturas pendientes. Si tiene facturas pendientes de recibir, podrá contabilizar el gasto, pero no podrá incluirlas en su declaración de IVA (para que el IVA sea deducible se debe estar en posesión de la factura justificativa).
- IVA no deducible. Si ha recibido una factura cuyo IVA no es deducible (por ejemplo, por objetos destinados a atenciones a clientes), no la habrá incluido en su declaración, pero sí que habrá contabilizado el gasto.
- Compras de activos. Si adquiere un activo por el que ha soportado IVA, en su contabilidad no habrá contabilizado ningún gasto (salvo la amortización), pero habrá declarado una mayor base de IVA soportado.