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Tema: IVA

Modelo para documentar que el vendedor ha transportado la mercancía a otro país de la UE
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Modelo para documentar que el vendedor ha transportado la mercancía a otro país de la UE

Exención del IVA en entregas intracomunitarias (mercancía transportada por el vendedor)

Si su empresa realiza entregas intracomunitarias y se encarga de transportar la mercancía deberá obtener un documento firmado y sellado por su cliente conforme le ha entregado las mercancías en destino.

Entregas intracomunitarias

Cuando su empresa vende mercancías a empresarios de otros países de la Unión Europea (UE) no ha de repercutir ningún IVA en las facturas. Esto es debido a que este tipo de operaciones (denominadas entregas intracomunitarias) están exentas de dicho impuesto. No obstante, aun en el caso de que el adquirente sea un empresario de la UE y no un particular, para que estas operaciones no lleven IVA, deberá cumplir algunos requisitos formales.

Si no cumple estos requisitos, Hacienda podría exigir a su empresa que ingrese de su bolsillo el IVA dejado de repercutir, más las sanciones e intereses correspondientes.

Justificación del transporte

Su empresa debe justificar que las mercancías han sido transportadas realmente a otro país de la Unión Europea. En concreto:

  • Si es su propia empresa –o un tercero contratado por ella– la que se encarga de transportar la mercancía al otro país, deberá disponer, al menos, de dos documentos relacionados con el transporte extendidos por partes independientes (como la carta o documento CMR firmados o una factura del transportista); o bien uno de los elementos de prueba anteriores y al menos uno de los siguientes documentos acreditativos del transporte: la póliza del seguro de transporte, el justificante del pago realizado, un documento oficial expedido por una autoridad pública, o un recibo de los bienes extendido por un almacén del país de destino.
  • Si es el adquirente –o un tercero contratado por él– quien se encarga del transporte, además de los elementos de prueba anteriores, la empresa deberá obtener una declaración de dicho adquirente certificando que los bienes han sido transportados. Le facilitamos un modelo de dicha declaración, para que lo firme la empresa adquirente de las mercancías.

Normativa aplicable

  • Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. Artículo 21.1º.
  • Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido. Artículo 9.1.1º.

 

 

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