Los trabajadores tienen derecho a solicitar adaptaciones de su jornada para mejorar la conciliación de su vida laboral y familiar. Por ello, le facilitamos un modelo para documentar la respuesta de la empresa a una solicitud de adaptación de la jornada.
Las personas trabajadoras tienen derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral.
Dichas adaptaciones deberán ser razonables y proporcionadas en relación con las necesidades de la persona trabajadora y con las necesidades organizativas o productivas de la empresa.
En el caso de que tengan hijos o hijas, las personas trabajadoras tienen derecho a efectuar dicha solicitud hasta que los hijos o hijas cumplan doce años.
Si el convenio no regula los términos de esta medida y un empleado solicita la adaptación de su jornada, la empresa queda obligada a negociar dicha solicitud durante un período máximo de 30 días.
Tras las negociaciones indicadas, la empresa deberá comunicar por escrito al afectado la decisión que haya tomado al respecto. En concreto, deberá indicarle si acepta la petición, si la deniega (en este caso se deberán señalar las razones objetivas que sustentan la negativa), o bien si plantea una propuesta alternativa que también permita al trabajador atender sus necesidades de conciliación de la vida laboral y familiar.
Por ello, le facilitamos un modelo para documentar la respuesta de la empresa ante dicha solicitud del trabajador.
Estatuto de los Trabajadores. Artículo 34.8.