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Tema: Despido disciplinario

Carta de despido disciplinario del alto directivo
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Carta de despido disciplinario del alto directivo

Carta de despido disciplinario del alto directivo

El contrato de un alto directivo puede extinguirse si éste incumple de forma grave y culpable sus obligaciones. Para comunicar dicha extinción utilice el modelo que le facilitamos.

Incumplimiento grave y culpable

La empresa puede extinguir el contrato de un alto directivo debido a un incumplimiento grave y culpable del alto directivo. Para ello, debe respetar la forma y los efectos que el Estatuto de los Trabajadores prevé para el despido disciplinario. Es decir:

  • El despido deberá ser notificado por escrito al directivo, haciendo figurar los hechos que lo motivan y la fecha en que tendrá efecto.
  • Si el despido es procedente no se debe abonar ninguna indemnización al directivo.

Carta bien hecha

Aunque su empresa tenga motivos para despedir al directivo, redacte la carta de despido detallando claramente los hechos. Además, exponga los antecedentes y cite a los posibles testigos que puedan haber presenciado el incumplimiento de su empleado. Si la carta de despido es genérica o no refleja con claridad el incumplimiento del trabajador, su despido podrá declararse como improcedente. Por tanto, utilice el modelo que le facilitamos y rellene todos los campos reflejando con detalle la actitud del trabajador.

Despido improcedente

Piense que en estos casos, si el despido se declara improcedente, la empresa deberá abonarle al alto directivo la indemnización que hayan pactado en el contrato. Si no se ha pactado nada, la indemnización que procede es de 20 días de salario en metálico por año de servicio y hasta un máximo de doce mensualidades.

Asimismo, si el despido se declara improcedente o nulo, la empresa y el alto directivo acordarán si se produce la readmisión o el abono de las indemnizaciones económicas previstas en el párrafo anterior. Si no llegan a ningún acuerdo, se entenderá que ambas partes optan por el abono de la indemnización.

Normativa aplicable

  • Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de Alta Dirección. Artículo 11.2.
  • Estatuto de los Trabajadores. Artículo 55.

 

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