Documento actualizado/añadido en: 13.08.2024
Si una empresa tramitar un traslado colectivo, un ERE temporal o un despido colectivo, está obligada a comunicar a la Autoridad Laboral el inicio y el final del período de consultas. Efectúe estas gestiones con los modelos que le ofrecemos.
Cuando una empresa quiere tramitar un despido colectivo, un traslado colectivo de centro de trabajo, o una suspensión de los contratos o reducción de las jornadas por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, está obligada a notificar a la Autoridad Laboral la apertura del periodo de consultas.
A estos efectos, si la medida es un despido colectivo, o una suspensión de los contratos o una reducción de jornada, la empresa debe completar dicha documentación con información adicional. Por ejemplo, con ña composición de las diferentes representaciones de los trabajadores que pueda existir.
En estos procedimientos, la empresa debe comunicar a la autoridad laboral el resultado del período de consultas.
Además, si la medida es un despido colectivo, o una suspensión de los contratos o una reducción de jornada, la empresa también debe completar dicha documentación con información adicional. Por ejemplo: