Si una empresa debe subrogar a los trabajadores de una empresa anterior y esta última venía aplicando un ERTE, la nueva empresa deberá seguir aplicando dicho ERTE. Para ello, debe realizar una comunicación al SEPE y a la Autoridad Laboral con el modelo que le ofrecemos.
El cambio en la titularidad de una empresa, de un centro de trabajo o de una unidad productiva autónoma no extingue la relación laboral. A estos efectos, el nuevo empresario queda subrogado en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social del anterior.
En este sentido, si el empresario anterior venía aplicando un ERTE, éste subsistirá tras la sucesión de empresas en los mismos términos en los que se venía aplicando. Para ello, el nuevo empresario deberá realizar una comunicación al SEPE, a la Autoridad Laboral y a la Seguridad Social.
Pues bien, prepare dicho escrito con el modelo que le facilitamos. Podrá presentar en ambos organismos cambiando únicamente los datos del destinatario (el cuerpo del documento es el mismo para todos los organismos).
Estatuto de los Trabajadores. Artículo 44.