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Tema: Prevención de riesgos - Inspección laboral

Presentación de alegaciones ante acta Inspección de Trabajo
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Presentación de alegaciones ante acta Inspección de Trabajo

Alegaciones contra un acta de infracción

Las empresas pueden impugnar una sanción de la Inspección de Trabajo. Para ello, presente alegaciones con el modelo que le facilitamos.

Procedimiento

Si una empresa recibe un acta de infracción, tendrá 15 días hábiles para presentar alegaciones. Dicho plazo empieza a contar el día siguiente de la notificación, y no se computan sábados, domingos ni festivos. A partir de ahí:

  • Si en la resolución se desestiman sus alegaciones, tendrá un plazo de un mes para presentar un recurso de alzada.
  • Y si dicho recurso es rechazado o no le contestan en tres meses (en cuyo caso se entenderá desestimado por silencio negativo), deberá acudir a los tribunales.

Errores de la Inspección

Pues bien, sepa que la Inspección puede cometer errores en el procedimiento. Vea qué situaciones se puede encontrar, y téngalas en cuenta a la hora de preparar la impugnación:

  • Verifique si la infracción ha prescrito. Las infracciones laborales prescriben a los tres años; las de Seguridad Social a los cuatro; y las de prevención de riesgos al año, a los tres años o a los cinco años en función de si son faltas leves, graves o muy graves. Eso sí, dichos plazos se interrumpen en algunos casos.
  • Las actuaciones de la Inspección no se pueden interrumpir por más de cinco meses ni pueden durar más de nueve. Por tanto, si fue objeto de una inspección y pasan más de cinco meses desde la última visita, o más de nueve desde su inicio (aunque no haya habido interrupciones de más de cinco meses), las actuaciones se entienden caducadas. En estos casos, se entiende que las actuaciones no han existido y no se habrá interrumpido el cómputo de prescripción de la infracción.

Normativa aplicable

  • Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Procedimientos para la Imposición de las Sanciones por Infracciones de Orden Social y para los Expedientes Liquidatorios de Cuotas de la Seguridad Social.
  • Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social

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