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Tema: Salarios y remuneraciones

Registro de salarios
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Registro de salarios

Registro de los salarios

Le facilitamos un documento que puede utilizar para cumplir con su obligación de registro de los valores medios salariales abonados a sus trabajadores, desglosados por sexos y funciones.

Su empresa está obligada

Desde marzo de 2019, su empresa debe implantar un registro con el salario medio abonado a su plantilla (con independencia del tamaño de su empresa). En concreto:

  • En dicho registro debe incluir la media de los salarios, de los complementos salariales y de las percepciones extrasalariales.
  • El listado se debe desglosar por sexo, y se debe distribuir por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor.

Dado que la ley no establece el formato que debe tener dicho registro salarial, su empresa cumplirá si elabora un documento con modelo que le facilitamos.

Si hay diferencias…

Si tiene al menos 50 trabajadores y el promedio de retribuciones de los trabajadores de un sexo es superior en un 25% o más al del otro sexo (tomando el conjunto de las percepciones), deberá incluir en el registro una justificación de dichas diferencias.

A estos efectos las diferencias no se consideran por grupos profesionales, sino en el global de la plantilla. Así, deberá explicar por qué motivos no relacionados con el sexo se producen esas diferencias.

Normativa aplicable

  • Estatuto de los Trabajadores. Artículo 28.
  • Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres. Artículos 5 y 6.

 

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