Las empresas deben custodiar la documentación que acredite la asistencia de sus trabajadores a los cursos bonificados. Por ello le ofrecemos un modelo para elaborar dicho control de asistencia.
Su empresa dispone de un crédito para gastar en formación. Dicho crédito se calcula, en función del tamaño de la empresa, aplicando un porcentaje sobre las cotizaciones efectuadas por formación profesional durante el año anterior según la siguiente escala:
Tamaño de su empresa | Porcentaje |
De 6 a 9 trabajadores | 100% |
De 10 a 49 | 75% |
De 50 a 249 | 60% |
250 o más | 50% |
Si su empresa tiene menos de 6 trabajadores, dispone de un crédito fijo de 420 euros.
Por ejemplo: su empresa tiene 15 trabajadores, y la base media de cotización de todos ellos es de 2.000 euros. Pues bien, como la cotización por formación profesional es del 0,70%, dispone de 1.890 euros para gastar en cursos durante el año, suma que si no utiliza acabará perdiendo (2.000 x 15 empleados x 12 meses x 0,70% x 75%).
Pues bien, las empresas están obligadas a custodiar la documentación acreditativa de la asistencia diaria de los participantes a las acciones formativas. Por ello, le ofrecemos un modelo con el que los trabajadores podrán acreditar su asistencia diaria a la formación.
Orden TAS/2307/2007, de 27 de julio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo en materia de formación de demanda y su financiación, y se crea el correspondiente sistema telemático, así como los ficheros de datos personales de titularidad del Servicio Público de Empleo Estatal. Artículo 5.