Le facilitamos una hoja informativa sobre la modalidad de pago único.
Si un trabajador se queda en el paro y tiene derecho a cobrar la prestación por desempleo, puede capitalizar hasta el 100% de dicha prestación para destinarla a iniciar un negocio. A estos efectos, el derecho existe tanto si va a ejercer la actividad como persona física como si la va a ejercer a través de una SA o SL:
Si el interesado no necesita capitalizar toda la prestación que tenga pendiente (o no capitaliza nada), podrá utilizar la parte restante para hacer frente a las cuotas del RETA.
Le facilitamos una hoja informativa sobre la modalidad de pago único.