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Tema: Seguridad Social

Aplazamiento de las cotizaciones
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Aplazamiento de las cotizaciones

Aplazamientos a la Seguridad Social

Le facilitamos el enlace a la Sede Electrónica de la Seguridad Social desde la que podrá solicitar un aplazamiento de las cotizaciones a la Seguridad Social.

Si no se paga: recargo

A finales de cada mes su empresa deberá ingresar en la Seguridad Social las cotizaciones del mes anterior. Si no abona dichas cuotas:

  • Se generará una deuda con la Seguridad Social y se devengará un recargo automático a su cargo.
  • Si abona las cuotas en el mes siguiente al del fin del período de ingreso, el recargo será del 10%; si las paga a partir del segundo mes, el recargo será del 20%.

Alternativa: aplazamiento

Así pues, si prevé que no podrá pagar las cotizaciones porque no va a tener dinero suficiente en la cuenta, pida un aplazamiento de las cotizaciones. En este sentido:

  • Si tramita un aplazamiento dentro del plazo reglamentario de ingreso (es decir, antes de que finalice abril si pretende aplazar las cotizaciones de marzo), evitará los recargos por ingreso fuera de plazo.
  • Además, su empresa constará al corriente de pago con la Seguridad Social

Le facilitamos el enlace a la Sede Electrónica desde el cual podrá solicitar el aplazamiento.

Normativa aplicable

  • Ley General de la Seguridad Social. Artículo 23.
  • Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social. Artículo 31 y siguientes.

 

 

 

 

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