Documento actualizado/añadido en: 11.12.2024
Utilice la herramienta que le facilitamos para controlar las vacaciones devengadas y disfrutadas por sus trabajadores.
A no ser que su convenio colectivo establezca una duración superior, sus trabajadores tienen derecho a disfrutar de 30 días naturales de vacaciones por cada año que trabajen. En este sentido:
Como ve, el derecho a las vacaciones se va devengando durante todo el año, desde el 1 de enero (o desde la fecha de inicio del contrato, si es posterior) hasta el 31 de diciembre (o hasta la fecha de finalización del contrato, si es anterior). Esto hace que muchos trabajadores acaben disfrutando de las vacaciones por anticipado. Por ejemplo:
En definitiva, siempre existirán diferencias entre las vacaciones devengadas y las disfrutadas, con independencia de que usted sea más o menos flexible en este punto. Por ello es necesario llevar una ficha de control para cada trabajador, que éste deberá cumplimentar y entregar a su supervisor. Estos modelos le permitirán conocer en cada momento las vacaciones disfrutadas y las pendientes, saber si puede conceder o no un puente, o el ajuste por vacaciones que debe incluirse en el finiquito.
Estatuto de los Trabajadores. Artículo 38.