A partir de ahora, en las cuentas anuales debe incluirse un nuevo formulario en el que se identifique al “titular real” de la sociedad.
Los administradores de la sociedad deben formular las cuentas anuales, el informe de gestión y la propuesta de aplicación del resultado en el plazo máximo de tres meses a partir del cierre del ejercicio social.
Asimismo, la Junta General ordinaria debe reunirse dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio para aprobar la gestión social y las cuentas del ejercicio anterior, y resolver sobre la aplicación del resultado. Dentro del mes siguiente a la aprobación de las cuentas anuales, los administradores deben presentarlas para su depósito en el Registro Mercantil, junto con una certificación de los acuerdos de la junta de aprobación de las cuentas.
En este sentido, la Orden JUS/319/2018, de 21 de marzo, por la que se aprueban los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales ha introducido un nuevo formulario que las sociedades deberán cumplimentar identificando al titular real de la sociedad.
En general, el titular real es aquella persona o personas físicas que son propietarios de más de un 25% del capital social de la empresa o de los derechos de voto de ésta.